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Antes de salir a la Ruta

Atención: Este es el comunicado oficial que aparece en la página del Registro�Provincial de Verificación de Autopartes

 

“Estimado Ciudadano,

Ante la imposibilidad de reprogramar el turno concertado para una fecha previa a vuestra partida, y ante un eventual control, usted debe exhibir la constancia de inicio de trámite abonado.�

1 – Confirmación de turno tomado (enviado por mail a la casilla que usted informó)�

2 – Confirmación de acreditación de pago enviada por Mercado Pago si abonó con tarjeta de crédito o débito, o cupón impreso de Pago Fácil / Rapi Pago con ticket de pago abrochado al mismo.�

Teléfono de consulta 0800-444-0018 de lunes a viernes de 9.00 a 18.00.�

Puede solicitar o modificar su turno para vehículos radicados en la provincia de Buenos Aires mediante la página.”

NOTA: Al final se encuentran los links para solicitar los turnos o realizar consultas telefónicas.

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¿Qué nos puede pedir la Policía cuando salimos a la ruta?

Licencia de conducir vigente y habilitante para el tipo de vehículo

DNI

Cédula Verde vigente o Cédula Azul en caso de que la verde esté vencida y no seas el titular del auto

Oblea y Certificado de la Revisión Técnica Obligatoria, grabado de autopartes y cristales (según legislación donde se encuentra radicado el vehículo)

-Comprobante vigente de la póliza de seguro�obligatoria (no hacen falta los recibos de pago)

Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (patente)

-Si tu auto tiene GNC, comprobante y oblea vigente

-Ambas chapas patente colocadas visibles y sin alteraciones, en buen estado y el lugar correspondiente

Balizas portátiles

-Matafuego con su carga vigente, fijo dentro del habitáculo y al alcance del conductor

Y no es obligatorio pero sí recomendablebotiquín, chaleco de seguridad y crique con herramientas para cambiar un neumático

¡Acordate de llevar siempre las luces diurnas o bajas encendidas!

Fuente: Agencia Nacional de Seguridad Vial

Para dar cumplimiento con lo dispuesto por la ley 14.497, todo vehículo registrado en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires ante el registro nacional de la propiedad del automotor, debe realizar el grabado indeleble del número de dominio en puertas, capot y baúl.

De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 12 de la Ley 14.497, el grabado de autopartes será requisito indispensable para la comercialización de vehículos automotores entre particulares y/o empresas, como así también para la verificación frente a la autoridad correspondiente. En todos los casos, el grabado es un requisito indispensable para circular y será exigido por la autoridad de control a todo vehículo radicado en provincia.�

Deberá cumplirse con la obligación según el siguiente esquema:

Vehículos nuevos o usados, patentados y/o radicados en la provincia de Buenos Aires con posterioridad a la entrada en vigencia del presente régimen: deben realizar el grabado dentro de los 30 días. Si usted no ha grabado aún, regularice su situación acercándose a cualquier de los centros homologados.

  • Vehículos con hasta dos (2) años de antigüedad: Un año (1) para realizar el grabado.
  • Vehículos con hasta tres (3) a cinco (5) años de antigüedad: Dos (2) años para realizar el grabado.
  • Vehículos con más de cinco (5) años de antigüedad: Tres (3) años para realizar el grabado.

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 14.497, los plazos se cuentan desde la reglamentación de la ley (cfr. Decreto 280/14 de fecha 13 de mayo de 2014).

 

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